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El Tribunal de Justicia de las Comunidades ha condenado en su sentencia de 16 de septiembre de 2004  España por incumplimiento de la Directiva 85/337/CEE, de evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente, en uno de los tramos encuadrados en el proyecto ferroviario denominado “Corredor del Mediterráneo”.

Para la representación española, el tramo en cuestión (de tan sólo 13,2 km) no estaba destinado al tráfico de gran distancia y, por otra parte, el desdoblamiento de las vías no produce repercusión alguna sobre el medio ambiente.

Según el Tribunal, si se admitieran las alegaciones españolas, bastaría con que las autoridades nacionales fraccionaran un proyecto de larga distancia en pequeños tramos sucesivos para que así se pudiera eludir el cumplimiento de la Directiva.

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