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Tras el resultado de las elecciones automáticas en Andalucía del 2 de diciembre pasado, parece bastante probable que vaya a haber cambios legislativos en materia de urbanismo y ordenación del territorio, dado que los partidos que van a tener la mayoría absoluta en el parlamento autonómico PP, Cs y Vox son de una tendencia más progresista desde la perspectiva del desarrollo urbanístico y menos conservadores respecto al medio ambiente. Además, sus políticas sociales las plantean fundamentalmente a través del incentivo de la actividad empresarial para la creación de empleo, por lo que parece probable que sus políticas tiendan a incentivar el sector de la construcción para intentar reducir la alta tasa de desempleo de la Comunidad (del 23% frente al 15% nacional), bajando el nivel de protección del medio ambiente de Andalucía de los últimos años.

La primera medida podría ser la paralización de la tramitación de la Ley de Urbanismo Sostenible, a pesar de sus objetivos de protección medioambiental de la comunidad, posiblemente por la paralización del sector de la construcción que podrían conllevar sus disposiciones transitorias y sus cambios normativos.

Otras medidas previsibles podrían a ser en relación a la ordenación del territorio, que limitan el crecimiento del suelo y de la población en los planes generales. Lo más probable es que vayan en la línea de la derogación del artículo 45 del Plan Territorial de Andalucía que establece dichas limitaciones así como las disposiciones normativas que obligan a los ayuntamientos a adaptarse en su crecimiento actual a tales limitaciones.

También es posible que se elimine la previsión obligatoria del 30% de la edificabilidad residencial para vivienda protegida, algo que ya estaba previsto en la nueva Ley urbanística en tramitación. Esta eliminación podría ir unida a la derogación del Decreto de 2008 de “adaptación” de los planes que tiene como finalidad adaptarse a esta previsión en materia de vivienda protegida así como también la eliminación de la imposibilidad de modificar el planeamiento sin esta “adaptación”.

Respecto a las posibles reformas previsibles de la legislación urbanística, una de ellas podría ir en la dirección de la previsión de normas provinciales o las antiguas y aún utilizadas normas subsidiarias para los pequeños municipios, que actualmente están condenados a la irregularidad al obligárseles a la tramitación de un plan general, con todas las complicaciones que conlleva.

También en materia de planeamiento urbanístico parece probable se hagan reformas que faciliten su modificación para que haya más facilidades para los municipios para aprovechar oportunidades de inversión y creación de empleo.

La vivienda en suelo no urbanizable también parece probable vaya a ser objeto de reformas legales, por la gran cantidad de viviendas irregulares existentes por inacción de la administración en materia de disciplina urbanística, a las que aún no se les ha dado una solución satisfactoria. Es posible se valore la posibilidad de volver a la regulación anterior del Texto Refundido de la Ley de Suelo de 1992, aunque con mayores restricciones respecto al concepto de “núcleo de población” o bien aclararse la vinculación agraria para la construcción o regularización de viviendas, que no necesariamente requiera una explotación agraria y que éstas sean rentables, que es el criterio actual autonómico y jurisprudencia.

También en suelo no urbanizable podrían darse más facilidades a las actuaciones de interés públicos, igualmente generadoras de progreso y empleo, limitadas a un plazo de tiempo en la actualidad y que la reforma en trámite hacía más compleja su implantación.

En materia de ejecución de planeamiento, si se toma en serio el urbanismo, parece previsible que o bien se elabore un reglamento de la Ley de Suelo o bien se eliminen las remisiones reglamentarias de la LOUA bastante poco serias que después de 16 años no han tenido una cobertura normativa. Lo que si sería deseable es la eliminación de los requisitos de solvencia económica y financiera y el requisito de la constitución notarial de la junta de compensación por motivos fiscales, algo que también estaba previsto en la “LAUSA” en tramitación.

En materia de licencias, podría haber reformas para extender las declaraciones responsables a las licencias para cualquier obra nueva, siempre que se regule por los ayuntamientos mediante la ordenanza correspondiente.

La regulación el procedimiento sancionador y de restablecimiento igualmente podría ser objeto de algunos ajustes como el criterio de valoración de las actuaciones en suelo urbano, dado que el valor en venta es absolutamente injustificado y desproporcionado.

En definitiva, lo que es evidente es que en el marco de un nuevo Gobierno autonómico más liberal en lo económico, que seguramente tendrá como reto trabajar para reducir las altísimas tasas de desempleo en la comunidad, las reformas legales en urbanismo van a ser más que probables en una dirección distinta a la de los últimos años, más preocupadas por la protección del medio ambiente.

Alejandro Criado Sánchez

Abogado

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