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Copia Alejandro-Criado-finalEl Real Decreto 1093/1997 regula la inscripción en el Registro de la Propiedad de los actos de naturaleza urbanística. Entre dichos actos, no sólo se encuentra el proyecto de reparcelación, sino también el aprovechamieno urbanístico, las anotaciones preventivas en procedimientos de disciplina urbanística o las anotaciones preventivas en procesos contenciosos administrativos.

Que duda cabe que sin perjuicio de que la jurisprudencia del Tribunal Supremo entiende irrelevante la existencia de terceros adquirientes a efectos del derribo de un inmueble cuya licencia ha sido declarada nula de pleno derecho, la mejor forma de proteger a los terceros ante dicha situación es a traves de la anotación preventiva en el registro de la propiedad.

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Alejandro J. Criado Sánchez
Abogado

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