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Alejandro Criado

El incremento de la complejidad de la tramitación de los planes generales está haciendo reaccionar a las distintas autonomías, dado que dicha complejidad lo que está suponiendo, además del alto coste y tiempo para los municipios, las cada vez mayores posibilidades de anulación de los planes en vía judicial. De hecho, es lo que he podido escuchar a algún magistrado del Tribunal Supremo en alguna conferencia, que mientras los planes generales sigan siendo tan complejos, continuarán las anulaciones de planes generales por el sometimiento del poder judicial a la legalidad vigente.

En esa línea simplificadora ya se encuentra la legislación urbanística de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunidad Valenciana y en esa línea parece apuntar la futura reforma de la ley urbanística de Andalucía.

La forma de simplificar el planeamiento general planteado por la citada Ley urbanística de la Comunidad Valenciana es dividiendo la planificación urbana de tipo general del municipio en dos planes distintos: el Plan general estructural y el Plan de ordenación pormenorizada. Mientras que el primero contendrá la ordenación estructural y básica del municipio y requerirá una aprobación definitiva autonómica, el segundo regulará la ordenación pormenorizada del municipio y será aprobado definitivamente por los ayuntamientos.

Un ejemplo de ordenación estructural de primer plan será la clasificación del suelo del municipio y la ordenación del sistema dotacional municipal. Un ejemplo de ordenación pormenorizada del segundo plan serán las ordenanzas edificatorias o la ordenación pormenorizada del suelo urbano.

Este modelo de planificación  sigue quedando muy lejos de la simplicidad del planeamiento de otros países europeos, dado que en buena medida, la planificación urbana continua el modelo de la Ley de Suelo de 1956. Sin embargo, que duda cabe que los trámites de la revisión de los planes generales se simplifican y la flexibilidad de adaptación a las necesidades municipales también.

Alejandro Criado Sánchez

Abogado especializado en Derecho Urbanístico

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